Casación No. 151-2011

Sentencia del 12/06/2012

“...Al efectuar el análisis respectivo, esta Cámara estima necesario expresa, en primer lugar, que el documento privado de fecha diecinueve de enero de mil novecientos diecinueve, invocado como erróneamente apreciado por la Sala, no fue ofrecido como prueba dentro del proceso, por lo que de conformidad con la doctrina y la jurisprudencia resulta deficiente el planteamiento a través del referido submotivo, cuando se denuncia como equivocada la apreciación de una prueba que no fue incorporada al proceso...”